Resumen Rápido
Entrada: Sin visado hasta 90 días, salvo Bolivia, Cuba, Ecuador, Haití y República Dominicana
Residencia: Las mismas vías que cualquier no comunitario: trabajo, nómada digital, estudios, familia, arraigo
Nacionalidad: A los 2 años de residencia legal (art. 22 del Código Civil), sin renunciar a la tuya
Exámenes: Solo la prueba CCSE; sin examen de español si tu país es hispanohablante
Documentos: Apostilla de La Haya (todos salvo Cuba y Haití), pedida antes de viajar
Contenido
- 1. Lo que cambia para ti si vienes de Latinoamérica
- 2. Entrar en España: quién necesita visado y qué piden en la frontera
- 3. Las vías para quedarte: trabajo, nómada digital, estudios, familia, arraigo
- 4. Documentos: apostilla, antecedentes penales y traducciones
- 5. Nacionalidad española en dos años: cómo funciona de verdad
- 6. Ley de Memoria Democrática: el plazo ya cerró
- 7. País por país
- 8. Los primeros trámites al llegar
- FAQ
Casi todo lo que se publica sobre emigrar a España está escrito pensando en europeos, estadounidenses o en "extranjeros" en abstracto. Si vienes de Argentina, Colombia, Venezuela, México, Perú, Brasil o cualquier otro país de la región, parte de esa información te sobra y otra parte te falta.
Te sobra, porque la mayoría de latinoamericanos entra en España sin visado y, una vez residente, puede pedir la nacionalidad en dos años en lugar de diez. Te falta, porque nadie te cuenta qué pasa con tus papeles (la apostilla), cuál de las vías de residencia encaja con tu caso real, o que la famosa "ley de nietos" cerró su plazo en octubre de 2025.
Esta guía junta lo que es distinto para ti en un solo sitio. Cada afirmación legal remite a una fuente oficial, listadas al final. Donde no hemos encontrado fuente oficial, lo decimos o no afirmamos nada.
Lo que cambia para ti si vienes de Latinoamérica
Entrar en España: quién necesita visado y qué piden en la frontera
- Pasaporte en vigor.
- Justificación del motivo del viaje: reserva de alojamiento, carta de invitación si te alojas en casa de alguien, billete de vuelta.
- Medios económicos. La Orden PRE/1282/2007 fija la cantidad en el 10% del salario mínimo interprofesional por persona y día, con un mínimo equivalente al 90% del salario mínimo mensual por persona, sea cual sea la duración del viaje. Puedes acreditarlos con efectivo, tarjetas con extracto o cheques de viaje.
- Seguro médico de viaje: no es obligatorio para los exentos de visado, pero es lo primero que te salva si pasa algo.
Las vías para quedarte: trabajo, nómada digital, estudios, familia, arraigo
| Tu situación | Vía | Dónde se pide |
|---|---|---|
| Tienes una oferta de trabajo en España | Visado de trabajo por cuenta ajena | Consulado, tras la autorización que tramita la empresa |
| Trabajas en remoto para empresas fuera de España | Visado de nómada digital | Consulado, o desde España si estás en estancia legal |
| Vas a estudiar un grado, máster o curso largo | Estancia por estudios | Consulado, o desde España en algunos casos |
| Tu pareja, padre o madre ya es residente legal o español | Reagrupación familiar o tarjeta de familiar de comunitario | La solicita el familiar en España |
| Llevas tiempo en España sin papeles | Arraigo (social, sociolaboral, familiar, socioformativo) | Oficina de Extranjería en España |
Documentos: apostilla, antecedentes penales y traducciones
Nacionalidad española en dos años: cómo funciona de verdad
- CCSE, de conocimientos constitucionales y socioculturales: obligatoria para los mayores de edad.
- DELE A2, de español: la Orden JUS/1625/2016 exime a los nacionales de los países de habla hispana. Los brasileños no están exentos.
Ley de Memoria Democrática: el plazo ya cerró
País por país
| País | Visado para estancia corta | Apostilla de La Haya | Exento del examen DELE | Dos años para la nacionalidad |
|---|---|---|---|---|
| Argentina | No | Sí | Sí | Sí |
| Bolivia | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Brasil | No | Sí | No | Confirmar (ver arriba) |
| Chile | No | Sí | Sí | Sí |
| Colombia | No | Sí | Sí | Sí |
| Costa Rica | No | Sí | Sí | Sí |
| Cuba | Sí | No | Sí | Sí |
| Ecuador | Sí | Sí | Sí | Sí |
| El Salvador | No | Sí | Sí | Sí |
| Guatemala | No | Sí | Sí | Sí |
| Honduras | No | Sí | Sí | Sí |
| México | No | Sí | Sí | Sí |
| Nicaragua | No | Sí | Sí | Sí |
| Panamá | No | Sí | Sí | Sí |
| Paraguay | No | Sí | Sí | Sí |
| Perú | No | Sí | Sí | Sí |
| República Dominicana | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Uruguay | No | Sí | Sí | Sí |
| Venezuela | No | Sí | Sí | Sí |
Los primeros trámites al llegar
- Empadronamiento. Inscribirte en el padrón de tu municipio es el primer paso y lo piden para casi todo lo demás. Se puede hacer con un contrato de alquiler o con autorización del titular de la vivienda. Guía del empadronamiento.
- NIE y TIE. El NIE es tu número de identificación; la TIE es la tarjeta física que lo acredita cuando tienes residencia. Ambas requieren cita previa, y las citas son el cuello de botella real de la inmigración en España. Guía del NIE, guía de la TIE y cómo conseguir cita previa.
- Cl@ve y certificado digital. Con ellos haces casi todos los trámites por internet, incluida la solicitud de nacionalidad. Guía de Cl@ve y certificado digital.
- Sanidad. Con residencia y alta en la Seguridad Social accedes al sistema público. Hasta entonces, seguro privado. Guía del sistema sanitario.
- Cuenta bancaria. Muchos bancos abren cuenta con pasaporte y NIE; algunos solo con TIE. Guía para abrir cuenta.
Conclusión
Venir de Latinoamérica te da la vía más corta a la nacionalidad española que existe para un extranjero sin ascendencia española: dos años de residencia legal, sin renunciar a tu pasaporte y sin examen de idioma. Lo que no te da es un atajo para la residencia en sí. Elige bien la autorización con la que entras, apostilla tus documentos antes de viajar y empadrónate el primer día. El resto es paciencia con las citas.
Si tu caso no encaja en ninguna de las vías de esta guía, cuéntanoslo con el formulario de abajo. Respondemos por correo y, si la pregunta se repite, acaba convertida en guía.
Guías relacionadas
Fuentes Oficiales
Las cifras y requisitos de esta guía se han contrastado con las siguientes fuentes oficiales. La normativa cambia con frecuencia; comprueba siempre la fuente original antes de actuar.
- Ministerio de Asuntos Exteriores — Lista de países sometidos y exentos de visado (Reglamento (UE) 2018/1806)
- BOE — Código Civil, artículos 22 a 24 (nacionalidad por residencia, renuncia, doble nacionalidad)
- BOE — Orden JUS/1625/2016 (procedimiento, pruebas CCSE y DELE, exenciones)
- Ministerio de Justicia — Nacionalidad por residencia (tasa vigente)
- HCCH — Estados parte del Convenio de la Apostilla
- Consulado de España en Quito — Fin del plazo de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática
- Ministerio del Interior — Entrada: requisitos y condiciones
- BOE — Orden PRE/1282/2007 (medios económicos para la entrada)
Preguntas Frecuentes
¿Puedo entrar como turista y buscar trabajo?
Puedes entrar sin visado (salvo que seas de Bolivia, Cuba, Ecuador, Haití o República Dominicana) y quedarte hasta 90 días. Pero la autorización de trabajo por cuenta ajena la pide la empresa desde España y el visado se recoge en el consulado de tu país. Buscar trabajo durante la estancia es legal; trabajar sin autorización no lo es, y bloquea después la mayoría de vías.
¿Los dos años de nacionalidad se cuentan desde que llego?
Desde que tienes residencia legal, no desde que entras. El artículo 22.3 del Código Civil exige residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. El tiempo como turista no cuenta.
¿El tiempo con visado de nómada digital cuenta para la nacionalidad?
La autorización de nómada digital es una autorización de residencia, así que es residencia legal a efectos del artículo 22. Mantén la continuidad: ausencias largas de España rompen el cómputo.
¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad para ser español?
No. El artículo 23 b del Código Civil exime de la renuncia a los naturales de países iberoamericanos. Que tu país te deje conservar la suya es cuestión de su ley, no de la española.
¿Tengo que hacer el examen de español?
Si eres de un país de habla hispana, no: la Orden JUS/1625/2016 te exime del DELE A2. Sí tienes que aprobar la prueba CCSE de conocimientos constitucionales y socioculturales, salvo que seas menor de edad. Los brasileños hacen las dos pruebas.
¿Qué documentos tengo que apostillar antes de viajar?
Como mínimo, el certificado de antecedentes penales y el de nacimiento; el de matrimonio si vas a reagrupar o te reagrupan. Todos los países de la región salvo Cuba y Haití apostillan; esos dos legalizan por vía consular. Pide los antecedentes cerca de la fecha de presentación, no meses antes.
¿Sigue abierta la ley de nietos?
No. El plazo de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 terminó el 22 de octubre de 2025 y los consulados no admiten nuevas solicitudes. Las presentadas a tiempo siguen tramitándose.
Soy brasileño. ¿Me aplican los dos años?
El Código Civil dice 'países iberoamericanos' sin enumerarlos. No hemos encontrado una fuente oficial que lo resuelva en una frase, así que no lo afirmamos. Confírmalo con el Registro Civil o un abogado antes de planificar en torno a ese plazo. Lo que sí es seguro: no estás exento del DELE A2 y tus documentos en portugués necesitan traducción jurada.
¿Cuánto tarda la nacionalidad?
No hay un plazo oficial que podamos citar, y las cifras que circulan cambian cada año. Puedes seguir tu expediente en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
¿Tu caso tiene matices?
Cuéntanos de qué país eres, qué autorización tienes o quieres pedir y cuánto tiempo llevas en España. Te respondemos por correo.
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